lunes, 30 de mayo de 2011

PROPUESTA DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA 2/1980 DE REFERENDUM

La transición hacia una democracia participativa exige la reforma, además de la Constitución (Ver siguiente entrada) en su artículo 92, de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre Regulación de las Distintas Modalidades de Referéndum.

Tanto el citado artículo constitucional como la vigente y obsoleta ley de referendum (desde hace 31 años¡¡) establecen sólo la posibilidad de referendums consultivos, NO OBLIGATORIOS Y NO VINCULANTES. Es decir, la clase política decide exclusivamente no sólo cuando y qué hay que preguntar a los ciudadanos, sino que sea cual sea el resultado, el Gobierno y toda la casta politíca NO TIENEN OBLIGACIÓN LEGAL ALGUNA DE RESPETAR LA VOLUNTAD CIUDADANA EXPRESADA EN CUALQUIER REFERENDUM. Sin comentarios.

Por tanto propongo, ademas de la reforma constitucional (Ver mas adelante), reformar la vigente ley de referendum en los siguientes terminos:

(en parentesis, formulacion actual)
EN MAYUSCULA, MI PROPUESTA DE MODIFICACION


Articulo 1.

Los referendums SERAN OBLIGATORIOS Y VINCULANTES CUANDO LA CONSULTA SE REFIERA A LA RATIFICACION POPULAR DE:
- Leyes Orgánicas y de bases
- Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autonomas y de Entidades Locales
- Decretos-Ley

Artículo 2.
Dos. La autorización será acordada por el Gobierno, a propuesta de su Presidente,
O POR INICIATIVA CIUDADANA AVALADA POR 500.000 FIRMAS ACREDITADAS

Artículo 5.
Uno. El referéndum se decidirá por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto en el ámbito que corresponda a la consulta.

Articulo 8.

4. Celebrado el referéndum, si no llegase a obtenerse la ratificación por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia, no podrá reiterarse la iniciativa hasta transcurridos cinco años.

5. LA RATIFICACIÓN MEDIANTE REFERENDUMS EXIGIRÁ LA PARTICIPACIÓN DE AL MENOS EL 50% DE LOS CIUDADANOS CONVOCADOS CON DERECHO A VOTO.



Artículo 16.

Uno. (La votación se realizará por medio de papeletas y sobre ajustados a modelo oficial y contendrá impreso el texto de la consulta.)

LA VOTACION SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE SISTEMAS TELEMÁTICOS DE ACCESO UNIVERSAL Y GRATUITO (INTERNET). LOS PODERES PUBLICOS GARANTIZARAN EL ACCESO A DICHOS SISTEMAS EL DIA DE LA VOTACIÓN A TODOS LOS CIUDADANOS, ASI COMO VELARÁN POR LA CORRECTA ACREDITACIÓN DE LOS VOTANTES MEDIANTE FIRMA ELECTRÓNICA O SISTEMAS SIMILARES.

3 comentarios:

  1. Quisiera aprovechar la coyuntura para abrir un poco el debate: si el artículo 8 apartado 4 reclama tal nivel de consenso en la ciudadanía (mayor que el que tuvo la Constitución) entonces el artículo 1 debería incluir en su ámbito las modificaciones sobre la Carta Magna.

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  2. Por supuesto que es conditio sine qua non la reforma de la Constitución previa a de la Ley de Referndum. El problema es que la democracia real exige la implicación ciudadana en la toma de multiples decisiones que nos afectan, ¿estamos dispuestos a invertir nuestro tiempo en ello?. Si tienes razon juanma que este es un punto flaco que aun está por determinar. El objetivo es determinar cuál es el quorum minimo aceptable para la validez de un referendum, para evitar que haya una sobreponderación de grupos de interés en la participación en los referendums. Lo más probable es que la participación sea baja en leyes orgánicas "menores", aunque pudieran tener una gan trascendencia potencial. ¿donde pondrias tu el quorum necesario?. Otra opción sería aplicar diferente quorum según la trascendencia de la decisión.

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  3. Creo que hay que tener en cuenta dos cosas, por una parte si estamos dispuestos a esforzarnos para poner en práctica una democracia real,porque estamos acostumbrados a no participar y a echar la culpa de todo al sistema, como si nosotros estuvieramos fuera del mismo y no tuvieramos ninguna responsabilidad. Si conseguimos una democracia real nos va a costar algo de esfuerzo individual: votar, decidir, reflexionar,leer, informarnos, en fin empoderarnos y tomar las riendas de muchas decisiones que a veces ni nos las planteamos porque otros nos las resuelven. Por otra parte, esa asunción lleva ímplicito un aprendizaje. Es decir,debemos ser conscientes de que si queremos tener democracia real debemos educar a los ciudadanos y ciudadanas en la participación, en ser conscientes de que tenemos el derecho de ser escuchados y el deber de escuchar, y que ninguna opinión vale más que otra, siempre que esté basada en el respeto al otro como un ser igual y con los mismos derechos y deberes. Eso es precisamente lo que aporta la asignatura de Educación para la ciudadanía, tan criticada por algunos/as.
    Y es muy importante interiorizar la idea de que la democracia es participación y para participar de manera responsable tengo que saber que repercusiones tiene mi voto y para eso tengo que tener información, es decir, tengo que hacer un ejercicio de reflexión, y para eso tengo que estar entrenado, tengo que haber tenido modelos democráticos en mi vida cotidiana, por poner un ejemplo en cualquier claustro o en cualquier reunión de comunidad....¿ tenemos un modelo democrático?
    En esas reuniones, ¿quién opina? normalmente los que gritan más o los que quieren imponer su opinión, el resto por no polemizar se calla. Hay que empezar por todo esto... la democracia real en casa, en la comunidad, en el claustro...

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